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¿En qué casos la factura electrónica es obligatoria?

La factura electrónica ha marcado un antes y un después en la manera de facturar de las empresas.
Factura electrónica obligatoria

La factura electrónica ha marcado un antes y un después en la manera de facturar que tenían las empresas.

Una factura electrónica es igual que la factura en papel es cuanto a obligaciones y derechos, siendo lo único que se modifica el medio en el que se transmiten: de papel a formato electrónico.

Según el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre,se establecen las normas que tiene que cumplir una factura electrónica, entre los que se destaca la legibilidad, la autenticidad y la integridad de la misma. Además de todo esto, en el caso de las facturas electrónicas, es de obligatorio cumplimiento que siga los requerimientos dictados en el Real Decreto 1619/2012.  

Es por ello que es imprescindible asegurarse que el programa de facturación que se emplee siga estas directrices.

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Factura electrónica obligatoria: el caso de la Administración Pública

Es normal preguntar si la factura electrónica es obligatoria. Lo cierto es que, hoy por hoy, la obligatoriedad de realizar este tipo de factura se da cuando se trabaja con la Administración Pública.

Esta obligatoriedad viene marcada por Real Decreto desde el año 2015 y, pese a ello, existen diferentes particularidades en las que esta obligatoriedad se pasa por alto. El claro ejemplo de ello se da en aquellas empresas que facturen a la Administración Pública menos de 5000 euros, ya que tienen la opción de presentar la factura en formato papel. Sin embargo, estas especificidades se regulan por la legislación a nivel autonómico y estatal, por lo que ante cualquier duda lo mejor es dirigirse a ellos.

El motivo de esta normativa de cumplimiento obligatorio es de carácter doble. Por una parte, la factura electrónica en el ámbito de la Administración Pública se realiza con fines antifraude. La factura electrónica no permite la manipulación de la factura por lo que es más sencillo realizar el control del fraude.

Por otra parte, está el ahorro de papel. Al emitirse todo en formato electrónico, el papel disminuye en las administraciones. Esto repercute de varias formas:

  • Ahorro económico.
  • Menos posibilidades de extraviar documentos.
  • Ahorro en tiempo, lo que repercute en ciclos más cortos en tramitación.
  • Ahorro en espacio y facilidad a la hora de buscar una factura.
  • Impacto medioambiental. 

Son estos motivos por lo que la Administración Pública exige a sus proveedores que la factura electrónica sea obligatoria. Si bien es cierto que existen las especificidades comentadas anteriormente, la factura electrónica obligatoria va ganando cada vez más peso, por lo que es recomendable ir pasando ya al formato electrónico.

Es tal esta apuesta por la factura electrónica que se se está barajando llevar esta obligatoriedad a las empresas B2B y B2C (de empresa a empresa y de empresa a consumidor). En Italia esta medida ya es una realidad. Desde el 21 de abril de 2018 la factura electrónica ya es obligatoria en empresas de todo tipo: B2B, B2C y B2G (de empresa privada a Administraciones Públicas).  Frente a esto, España es la siguiente en la lista para entrar a formar parte de los países con factura electrónica obligatoria.

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